martes, 6 de julio de 2010
El Presidente promulgó la Ley del Tribunal Constitucional
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jueves, 24 de junio de 2010
Presidente Evo Morales promulga la segunda ley orgánica fundamental, Ley del Órgano Judicial entra en vigencia
El presidente Evo Morales promulgó la mañana de este jueves la Ley 025 del Órgano Judicial, cuya norma tiene por objetivo regular la estructura, organización, funcionamiento y gratuidad de la justicia en el Estado Plurinacional.
El acto de promulgación se llevó a cabo en instalaciones del Palacio de Gobierno y contó con la presencia de los presidentes de las cámaras de Senadores y Diputados, René Martínez y Héctor Arce, respectivamente, además de ministros, viceministros y otras autoridades de los órganos Ejecutivo y Legislativo.
La nueva ley, que costa de siete títulos, 230 artículos, 13 disposiciones transitorias, una abrogatoria y una derogatoria, tiene como principios la Pluralidad que reconoce la existencia de naciones y pueblos indígena originario campesinos y de las comunidades interculturales afrobolivianas, que en su conjunto constituyen el pueblo boliviano.
La Independencia, que significa que la función judicial no está sometida a ningún otro órgano del poder público. La imparcialidad que implica que las autoridades jurisdiccionales se deben a la Constitución y a las leyes, por lo que los asuntos que sean de su conocimiento se resolverán sin interferencia de ninguna naturaleza, sin prejuicio, discriminación o trato diferenciado que los separe de su objetividad y sentido de justicia.
Seguridad Jurídica, referida a la aplicación objetiva de la Ley para que las personas conozcan sus derechos, garantías y obligaciones. Además, tengan certidumbre y previsibilidad de todos los actos de la administración de justicia.
Publicidad, para que los actos y decisiones de los tribunales y jueces tengan acceso a cualquier persona con derecho a informarse, salvo caso de reserva expresamente fundada en la Ley.
Idoneidad, para que la capacidad y experiencia sean la base para el ejercicio de la función judicial. Su desempeño se rija por los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Plurinacional.
Celeridad para el ejercicio oportuno y sin dilaciones en la administración de justicia.
Gratuidad, que define que el acceso a la administración de justicia es gratuito y sin costo alguno para el pueblo boliviano, siendo ésta la condición para hacer realidad el acceso a la justicia en condiciones de igualdad. La situación económica de las partes no puede colocar a una de ellas en estatus de privilegio frente a la otra, ni propiciar la discriminación.
Pluralismo Jurídico, para la coexistencia de varios sistemas jurídicos en el marco del Estado Plurinacional.
Interculturalidad, porque reconoce la expresión y convivencia de la diversidad cultural, institucional, normativa y lingüística, y el ejercicio de los derechos individuales y colectivos en búsqueda del vivir bien.
Armonía Social, que constituye la base para la cohesión social, la convivencia con tolerancia y el respeto a las diferencias.
Respeto a los Derechos que es la base de la administración de justicia, que se concreta en el acatamiento al ejercicio de derechos del pueblo boliviano, basados en principios ético–morales propios de la sociedad plural que promueve el Estado Plurinacional y los valores que sustenta éste.
Finalmente la Cultura de la Paz, para que la administración de justicia contribuya a la promoción de la cultura de la paz y el derecho a la paz, a través de la resolución pacífica de las controversias entre los ciudadanos y entre éstos y los órganos del Estado.
Los títulos de la Ley Nº 693, del Órgano Judicial, están referidos a Disposiciones Generales, Jurisdicción Ordinaria, Jurisdicción Agroambiental, Jurisdicciones Especializadas, Jurisdicción Indígena Originaria Campesina, Consejo de la Magistratura y Dirección Administrativa y Financiera.
El artículo cuatro referido al “Ejercicio de la Función Judicial”, señala que esa responsabilidad es única en todo el territorio nacional y se ejerce por medio del Órgano Judicial a través de la Jurisdicción Ordinaria, por el Tribunal Supremo de Justicia, los Tribunales Departamentales de Justicia, los Tribunales de Sentencia y los juzgados.
Erbol
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miércoles, 16 de junio de 2010
Evo Morales promulga la Ley del Órgano Electoral Plurinacional
El presidente Evo Morales promulgó la mañana de este miércoles la Ley del Órgano Electoral Plurinacional (OEP) que le otorga la posibilidad de designar a un vocal electoral en cada uno de los nueve tribunales electorales departamentales.
En el acto de la promulgación de esta Ley, que es una las cinco fundamentales requeridas por la Constitución Política del Estado, Morales conminó a la Asamblea Legislativa Plurinacional a aprobar las mismas hasta el próximo 22 de julio.
“Nadie tiene la verdad absoluta, nos equivocamos a veces en el contenido, en la redacción (de las normas), puede ser también en forma o fondo de las propuestas (…), eso se puede mejorar, pero algo que no puede saludar el pueblo es que ustedes (los asambleístas) no aprueben las cinco leyes hasta el 22 de julio, que ya es el próximo mes, por eso compañero Álvaro García Linera y presidente de la Asamblea Plurinacional están sindicados a cumplir con el mandato del pueblo”, declaró el Presidente, en el acto realizado en el Palacio de Gobierno.
Según la norma promulgada, las Asambleas Legislativas Departamentales seleccionarán por dos tercios de votos de sus miembros presentes, una terna por cada uno de los vocales de los tribunales departamentales electorales.
De estas ternas, la Cámara de Diputados elegirá a los miembros de los Tribunales Departamentales Electorales, por dos tercios de votos de los miembros presentes, garantizando que al menos uno de sus miembros sea perteneciente a las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos del departamento.
La norma, según La Prensa, también estableció que la Dirección de Identificación se quede en manos de la Policía y no con el OEP como se había planteado. Además, los pueblos indígenas tendrán sus representantes en estas instituciones.
Con la norma se crea también la Unidad de Fiscalización, instancia que se hará cargo de la regulación y fiscalización del patrimonio, origen y manejo de los recursos económicos de las organizaciones políticas y del financiamiento de la propaganda electoral de todas las organizaciones que participen en procesos electorales. Coordinará directamente con la Contraloría General del Estado.
En las disposiciones transitorias de la ley se instituye el Servicio de Registro Cívico, que se encargará del Padrón Biométrico y del Registro Civil en un plazo de transición de 90 días a partir de la posesión de los nuevos vocales electorales.
Estas autoridades deberán ser elegidas dentro de los 60 días siguientes a la promulgación de la ley. De la misma forma, la Cámara de Diputados deberá elegir en el mismo plazo a las nuevas autoridades departamentales electorales.
A través de esta Ley, la Corte Nacional Electoral ya se llama oficialmente Órgano Electoral Plurinacional (OEP) y se constituye en el cuarto poder del Estado boliviano.
Erbol
La Paz, 16 jun (ABI).- El nuevo Órgano Electoral será un importante mecanismo para garantizar las profundas transformaciones estructurales que fortalecerán aún más la democracia y la unidad entre los bolivianos, manifestó el miércoles el presidente Evo Morales Ayma. (Leer más)
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lunes, 24 de mayo de 2010
Evo Morales promulga Ley Transitoria de Autonomías, la posesión de gobernadores será en Sucre
La Paz, 24 mayo (ABI).- El presidente Evo Morales convocó a los gobernadores de los nueve departamentos bolivianos al acto de posesión de éstos, el domingo que viene en la Casa de la Libertad, en la ciudad de Sucre (sudeste), donde se fundó Bolivia en 1825, luego de promulgar el lunes por la noche la Ley Transitoria para el Funcionamiento Entidades Territoriales Autónomas (LTFETA).
Evo Morales posesionará a gobernadores el 30 de mayo en la Casa de la Libertad
La Paz, 24 May (Erbol).- El presidente Evo Morales anunció para el 30 de mayo la posesión de los nueve gobernadores electos en los comicios departamentales y municipales del pasado 4 de abril, acto que se llevará a cabo en la Casa de la Libertad en la ciudad de Sucre.
La oposición se radicaliza, pero no frena la Ley corta
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No hay explicaciones, suspenden la promulgación de la Ley Transitoria de Autonomías
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martes, 18 de mayo de 2010
Gobierno promulga Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal
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